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Guía

¿Qué es el FEMO y quién lo llena?

Actualizado el

Respuesta corta

El FEMO es el Formulario de Evaluación Médica Ocupacional: la única herramienta técnica de aplicación obligatoria para registrar las evaluaciones médicas ocupacionales en los centros de trabajo públicos y privados de Ecuador. Lo llena el profesional de la salud que realiza la evaluación; la empresa no tiene acceso al formulario.

Qué es el FEMO

FEMO significa Formulario de Evaluación Médica Ocupacional. El Ministerio de Salud Pública lo aprobó, junto con sus anexos y un instructivo de llenado, mediante el Acuerdo Ministerial 00025-2025, firmado el 4 de septiembre de 2025. Es la única herramienta técnica de aplicación obligatoria en las evaluaciones médicas ocupacionales de los centros de trabajo e instituciones públicas y privadas, sin distinción de la actividad económica (arts. 1 y 2).

El instructivo lo describe como un documento confidencial, de carácter técnico y legal, con el que el personal de salud registra de forma sistemática las condiciones de salud de una persona y los actos médicos relacionados con su exposición a factores de riesgo en la vida laboral.

Reemplazó al instructivo de la Historia Clínica Ocupacional (Acuerdo Ministerial 0341-2019), que la Corte Constitucional declaró inconstitucional en la Sentencia 59-19-IN/24, de julio de 2024, por ser incompatible con el derecho a la protección de datos personales y a la intimidad.

Cuándo se usa

El formulario se usa en cuatro momentos de la relación laboral:

  • Evaluación de inicio (preocupacional): al comenzar la prestación de servicios, para determinar la aptitud del trabajador según las condiciones del puesto.
  • Evaluación periódica: al menos una vez al año, o según la exposición al riesgo.
  • Evaluación de reintegro: cuando el trabajador regresa tras una ausencia prolongada, generalmente por motivos de salud. También se hace por cambio de ocupación o por reubicación.
  • Evaluación de retiro: al terminar la relación laboral. El SISAT la fija dentro de los cinco días posteriores a la salida y, si el trabajador no acude, vale la evaluación hecha en los doce meses anteriores (SISAT, art. 32, numeral 6).

Qué contiene el formulario

El formulario se organiza en bloques identificados con letras, de la A a la P:

Los dieciséis bloques del FEMO y lo que registra cada uno, según el instructivo del Ministerio de Salud Pública.
BloqueQué registra
ADatos del establecimiento y del trabajador
BMotivo de consulta
CAntecedentes personales
DEnfermedad o problema actual
EConstantes vitales y antropometría
FExamen físico regional
GFactores de riesgo del trabajo actual
HActividad laboral, incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales
IActividades extralaborales
JResultados de exámenes generales y específicos, según el riesgo y el puesto de trabajo
KDiagnóstico
LAptitud médica para el trabajo
MRecomendaciones y tratamiento
NRetiro
ODatos del profesional
PFirma o huella del trabajador

Dos bloques dependen del tipo de evaluación: el bloque L solo se llena en las evaluaciones de inicio, periódica o de reintegro, y el bloque N solo en la de retiro.

Los documentos que lo acompañan

Los centros de trabajo deben aplicar íntegramente el formulario y sus anexos, en este orden (Acuerdo Ministerial 00025-2025, primera disposición general):

  1. El acuerdo de confidencialidad.
  2. La autorización para el tratamiento de datos personales en salud ocupacional y en la práctica médica asistencial ocupacional.
  3. El certificado de evaluación médica ocupacional.

El acuerdo de confidencialidad lo firma todo el personal con acceso a la información de salud de los trabajadores, y tanto ese acuerdo como la autorización deben explicarse al trabajador (instructivo, apartados 8.2 y 8.3).

Las instituciones pueden añadir variables según su actividad económica y el nivel de riesgo de sus trabajadores, siempre que no contravengan los lineamientos del formulario aprobado.

Quién lo llena y quién lo ve

El FEMO lo llena el profesional de la salud que realiza la evaluación. Lo firma con su firma y sello, o con firma electrónica si está habilitado para ello (bloque O). El trabajador firma o, en su defecto, deja su huella dactilar como constancia de la atención recibida (bloque P).

La empresa no accede al formulario. El SISAT dispone que el certificado de salud en el trabajo, que no contiene diagnósticos de salud específicos, es el único documento al que puede acceder el personal externo a los SISAT (SISAT, art. 32, numeral 7). La custodia de la información de salud corresponde al médico que dirige los SISAT (SISAT, art. 44).