Calcule las exigencias de salud y seguridad de su centro de trabajo.
Solo necesita el número de trabajadores y el código de actividad de su RUC.
Norma revisada al 7 de octubre de 2026 · tarifa del 30 de septiembre de 2026 · USD sin IVA. Es informativo: no es asesoría médica ni jurídica ni certifica el cumplimiento de su empresa.
1. Sus centros
Un centro es un sitio: una planta, una finca, un local, una bodega, una oficina. Si la oficina, el taller y la bodega están en la misma dirección y se camina de una a otra por dentro, es un solo centro. Los centros no cambian el precio: sirven para calcular lo que la ley le exige en cada uno.
La norma cuenta cada centro de trabajo, con su gente y su actividad: vea, uno por uno, lo que dice para cada centro —y dónde no da una respuesta única— y, al final, su precio con Klinoda. Klinoda se cobra por plan, y el plan lo fija el total de trabajadores: sin cargo por centro, sin costo de implementación, sin permanencia. Sin registrarse y sin que nadie lo llame, salvo que usted lo pida.
2. Lo que exige la norma
Calculado con el número de trabajadores y el nivel de riesgo de la actividad (Anexo 2 del Acuerdo MDT-2024-196). Es el texto de la norma; donde no da una respuesta única, se lo decimos.
En toda la empresa
- 3centros · 266 trabajadores
- 3médicos ocupacionales
- 57 h 20 minde al mes
- 1de enfermería
- 32 técnicos y 1 monitor de seguridad e higiene
- 2comités de seguridad y salud
Un mismo médico ocupacional puede atender varios centros en visitas periódicas: lo que exige la norma es el tiempo de cada centro.
Matriz y bodega, Guayaquil
62 trabajadores
III
- Médico ocupacionalVisitas periódicas: mínimo 41 h 20 min al mes (40 min por trabajador), con registro de cada visita.
- EnfermeríaNo exigida en esta categoría.
- Evaluaciones médicas y certificadoFEMO y certificado de cada trabajador: al ingresar, periódicas, al reintegrarse y al salir (dentro de 5 días).
- Seguridad e higiene1 técnico, 32 horas al mes (A.M. MDT-2024-196, art. 13).
- Comité de seguridad y saludObligatorio desde 50 trabajadores (D.E. 255, art. 32).
Planta Durán
180 trabajadoresriesgo medio
CategoríaIV
- 1 médico ocupacionalA tiempo completo, 8 horas diarias.
- 1 profesional de enfermeríaA tiempo completo.
- Evaluaciones médicas y certificadoFEMO y certificado de cada trabajador: al ingresar, periódicas, al reintegrarse y al salir (dentro de 5 días).
- Seguridad e higiene1 técnico, permanente, 8 horas diarias (A.M. MDT-2024-196, art. 13).
- Comité de seguridad y saludObligatorio desde 50 trabajadores (D.E. 255, art. 32).
Agencia Machala
24 trabajadoresriesgo bajo
CategoríaI
- Médico ocupacionalVisitas periódicas: mínimo 16 h al mes (40 min por trabajador), con registro de cada visita.
- EnfermeríaNo exigida en esta categoría.
- Evaluaciones médicas y certificadoFEMO y certificado de cada trabajador: al ingresar, periódicas, al reintegrarse y al salir (dentro de 5 días).
- Seguridad e higiene1 monitor, 16 horas al mes (A.M. MDT-2024-196, art. 13).
Ojo: Vacío de la norma: la excepción del art. 25 es para micro y pequeñas empresas de hasta 24 trabajadores, y este centro pertenece a una empresa con más. La categoría I dice «riesgo medio y alto». Se muestra el criterio conservador: los componentes de la categoría I.
Klinoda es software. La atención la da su médico.
El detalle legal, centro por centro
Cada dato, con la norma de donde sale.
Matriz y bodega, Guayaquil
62 trabajadores
Bajo
N8211.00 · Actividades de prestación de una serie de servicios administrativos de oficina corrientes, como recepción, pl…
IIIMediana tipo A
Profesionales
- 1 médico ocupacional
- EnfermeríaNo exigida en esta categoría.
- Evaluaciones médicas y certificadoFEMO y certificado de cada trabajador: al ingresar, periódicas, al reintegrarse y al salir (dentro de 5 días).
Dedicación
Mínimo 41 h 20 min al mes (40 min por trabajador), con registro de cada visita.
1 técnico de seguridad e higiene
32 horas al mesComité de seguridad y salud
Obligatorio desde 50 trabajadores (D.E. 255, art. 32).Planta Durán
180 trabajadores
Nivel de riesgoAnexo 2, MDT-2024-196
Medio
C1020.01 · Preparación y conservación de camarón y langostinos mediante el congelado, ultracongelado secado, ahumado, sa…
Categoría SISATSISAT, Tabla 2
IVMediana tipo B
ProfesionalesTablas 3 y 4
- 1 médico ocupacional
- 1 profesional de enfermería
- Evaluaciones médicas y certificadoFEMO y certificado de cada trabajador: al ingresar, periódicas, al reintegrarse y al salir (dentro de 5 días).
DedicaciónArt. 19
Tiempo completo
8 horas diariasSeguridad e higieneArt. 13, MDT-2024-196
1 técnico de seguridad e higiene
permanente, 8 horas diariasComité de seguridad y salud
Obligatorio desde 50 trabajadores (D.E. 255, art. 32).Agencia Machala
24 trabajadores
Nivel de riesgoAnexo 2, MDT-2024-196
Bajo
G4630.32 · Venta al por mayor de camarón y langostinos.
Categoría SISATSISAT, Tabla 2
IMicroempresa · riesgo medio y alto
ProfesionalesTablas 3 y 4
- 1 médico ocupacional
- EnfermeríaNo exigida en esta categoría.
- Evaluaciones médicas y certificadoFEMO y certificado de cada trabajador: al ingresar, periódicas, al reintegrarse y al salir (dentro de 5 días).
DedicaciónArt. 19
Visitas periódicas
Mínimo 16 h al mes (40 min por trabajador), con registro de cada visita.Seguridad e higieneArt. 13, MDT-2024-196
1 monitor de seguridad e higiene
16 horas al mesSeguridad e higiene · lo que la norma dice sin ambigüedad. En total, 2 técnicos y 1 monitor de seguridad e higiene. Artículo 13 del Acuerdo Ministerial MDT-2024-196.
La norma admite más de una lectura
Centros pequeños de bajo riesgo de una empresa con más de 24 trabajadores.
La excepción del artículo 25 habla de micro y pequeñas empresas de hasta 24 trabajadores, no de centros. Es un vacío de la norma: se muestra el criterio conservador, los componentes de la categoría I.
3. Su precio
Klinoda se cobra por plan, y el plan lo fija el total de trabajadores. Sin cargo por centro, sin costo de implementación, sin permanencia.
Agregue trabajadores.
Qué incluye el precio
- Firmas electrónicas certificadas. Las del médico, enfermería, psicología y el representante legal, hechas dentro de Klinoda.
- La firma del trabajador, desde su celular, con un código que le llega por WhatsApp. Si prefiere papel, firma a mano y el documento se guarda escaneado.
- Avisos por WhatsApp: el código de verificación y el recordatorio de la cita.
- Sin cargos variables. Dentro de su plan, contrate y desvincule sin que cambie la cuota.
- Sin cargo por centro de trabajo. El precio no cambia por cuántos centros tenga.
- Sin costo de implementación. El sistema se explica solo, con un video en cada pantalla.
- Si se va, se lleva todo. La información administrativa va a su empresa, en formato abierto, dentro de 90 días y con acta de entrega.La historia clínica la recibe el médico ocupacional, su custodio: su empresa contrata y paga el servicio, pero por ley no ve los datos clínicos. Reglamento SISAT, artículos 44 y 45.
Cómo funciona el precio
Las reglas, sin letra pequeña.
- El plan lo fija su número de trabajadores. El techo del plan es su banda: mientras no lo pase, la cuota no se mueve. Puede contratar y desvincular dentro de ella sin que cambie nada.
- Subir de plan. El sistema no le deja cargar más trabajadores que el techo de su plan. Al llegar, acepta en pantalla el plan que le corresponde y rige desde ese mismo día. Paga solo la diferencia por el tiempo que falta del mes (o del año, si pagó anual o Fundador, con el mismo descuento), nunca hacia atrás.
- Bajar de plan. Tras tres meses seguidos por debajo del mínimo de su plan, lo pide desde el sistema: nunca es automático. Con pago anual o Fundador, la bajada se aplica en la renovación. Si eligió un plan más alto por su cuenta, vuelve al suyo cualquier mes.
- Pago anual. 15 % de descuento pagando doce meses por adelantado. En los planes de hasta 49 trabajadores (Micro y Pequeño) el pago es anual, por adelantado y por transferencia, siempre: no tienen precio mensual.
- Cliente Fundador. Desde el plan 75, también en los planes grandes: 40 % de descuento pagando el año por adelantado, con el precio congelado 24 meses. Para quien contrate hasta el 31 de marzo de 2027, sin cupo. No se acumula con el 15 %: lo reemplaza. Si sube de plan en esos 24 meses, el plan nuevo también queda congelado los meses que falten.
- Temporada alta. Si su plantilla es estacional, hasta cuatro meses al año en un plan superior, pagando solo la diferencia de esos meses, con su mismo descuento. Marca las fechas en el sistema y, al terminar, vuelve sola a su plan.
- Más de 20.000 trabajadores. Bandas de 5.000 trabajadores, a $0,23 por trabajador al mes sobre el tope de la banda: hasta 25.000, $5.750 al mes; hasta 30.000, $6.900; y así en adelante. Se suben y se bajan igual que los demás planes.
- Lo que no hay. No hay cargo por centro de trabajo, no hay costo de implementación, no hay permanencia mínima y no hay penalidad por irse: basta avisar con 30 días. El pago anual no se devuelve. Los precios no incluyen el IVA del 15 %.
Por qué se cuenta por centro
Esto no lo decidimos nosotros. Lo dice la norma, y aquí está.
Las obligaciones de salud y seguridad en el trabajo —el médico ocupacional, la enfermería, el comité paritario, el delegado— no se calculan sobre el total de la compañía. Se calculan sobre los trabajadores de cada lugar y centro de trabajo. Por eso el sistema se organiza así, aunque el precio no dependa de cuántos centros tenga.
«Lugar y/o centro de trabajo: corresponden a todos los sitios en los cuales los trabajadores deben permanecer y ejercer su jornada laboral, incluido los destinados para el desarrollo del teletrabajo, bajo el control directo o indirecto del empleador o por cuenta propia…»
Reglamento de los Servicios Integrales de Salud en el Trabajo (SISAT), artículo 3, numeral 18.Acuerdo Ministerial MSP 00004-2026, Segundo Suplemento del Registro Oficial N.º 304 del 12 de junio de 2026. «Los lugares y/o centros de trabajo, deben implementar los SISAT según corresponda a su categoría…»
Reglamento SISAT, artículo 15. «…conforme el número de trabajadores que laboren en el lugar y/o centro de trabajo, y el nivel de riesgo laboral, designarán los monitores o técnicos de seguridad e higiene del trabajo y personal de salud en el trabajo…»
Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, Decreto Ejecutivo 255, artículo 18.Segundo Suplemento del Registro Oficial N.º 554 del 9 de mayo de 2024. «En cada lugar y/o centro de trabajo que cuente con cincuenta (50) o más trabajadores se conformará un comité de seguridad y salud en el trabajo…»
Decreto Ejecutivo 255, artículo 32.
Lo que la norma no resuelve
La norma admite más de una lectura
Empresas con varios centros.
La norma no dice qué hacer cuando un empleador tiene varios centros. Klinoda calcula por centro, como dicen los artículos citados.
La norma admite más de una lectura
El personal adicional: médicos y técnicos.
La norma no aclara si los médicos de la Tabla 4 se suman al de la categoría, ni desde qué número se cuentan los técnicos adicionales. Aplicamos el criterio de nuestro asesor legal, que se explica junto al resultado.
La norma admite más de una lectura
Centros de 25 a 49 trabajadores de bajo riesgo.
No encajan con claridad ni en la excepción del artículo 25 (hasta 24) ni en la categoría II (riesgo medio y alto). Le mostramos la categoría II.
La norma admite más de una lectura
Centros de hasta 24 de bajo riesgo de una empresa más grande.
La excepción del artículo 25 es para empresas de hasta 24 trabajadores, no para centros. Si su empresa tiene más, le mostramos la categoría I.
Klinoda prepara consultas formales al Ministerio de Salud Pública y al Ministerio del Trabajo; cuando respondan, la calculadora se actualizará.
Este resultado muestra lo que dice el texto de la norma citada para los datos que usted ingresó. Es informativo: no es asesoría médica ni jurídica ni certifica el cumplimiento de su empresa. Donde la norma admite más de una lectura, se indica. Revisado al 7 de octubre de 2026.
Norma revisada al 7 de octubre de 2026 · tarifa del 30 de septiembre de 2026 · USD sin IVA
